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Bolsa de Trabajo: Categoría Administrativo/a – Ayuntamiento de Tobarra (Albacete)- Concurso de méritos


El Ayuntamiento de Tobarra (Albacete) ha publicado una **convocatoria pública para conformar una bolsa de trabajo en la categoría de Administrativo/a de personal laboral**, destinada a cubrir vacantes y sustituciones temporales mediante proceso selectivo: CONCURSO DE MÉRITOS.

📅 Plazo de Presentación-- HASTA EL 13 DE FEBRERO

El plazo para presentar solicitudes es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete (BOP). Las solicitudes deberán presentarse utilizando el anexo oficial y dirigidas a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento.

📌 Requisitos de Participación

  • Ser mayor de 16 años y no exceder la edad de jubilación forzosa.
  • Tener la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea/EEE.
  • No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública.
  • Poseer al menos el título de Bachiller o equivalente.

📝 Sistema de Selección

La selección se realizará mediante un sistema de concurso de méritos, valorando formación académica, experiencia profesional y otros méritos acreditados. Una vez evaluados los méritos, se elaborará la lista de candidatos admitidos que constituirá la bolsa de trabajo con validez por dos años.

📎 Enlaces Oficiales

📄 Bases y Convocatoria (PDF) 🔎 Anuncio en el Tablón Oficial 📥 Anexo de Solicitud

LIBROS DE PREGUNTAS TIPO TEST
 OPOSICIONES ADMINISTRACIÓN LOCAL
​1.500 preguntas tipo test, ENLACES: 

LIBRO1: preguntas de la 1 a la 500.
LIBRO2: preguntas de la 501 a la 1.000.
LIBRO3: preguntas de la 1.001 a la 1.500.

PRÓXIMA PUBLICACIÓN


Modificación TREBEP Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio

Permisos TREBEP / EBEP – Artículos 48 y 49

Resumen estructurado y completo de los permisos regulados en los artículos 48 y 49 del EBEP/TREBEP.

Artículo 48. Permisos de los funcionarios públicos

  • a) Accidentes, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica
    • Cónyuge, pareja de hecho, primer grado o conviviente que requiera cuidados: 5 días hábiles.
    • Familiares segundo grado: 4 días hábiles.
    • Fallecimiento:
      • Cónyuge, pareja de hecho o familiar de 1.º grado: 3 días (misma localidad) / 5 días (distinta).
      • Familiar de 2.º grado: 2 días (misma localidad) / 4 días (distinta).
  • b) Traslado de domicilio sin cambio de residencia: 1 día.
  • c) Funciones sindicales o representación del personal: según normativa aplicable.
  • d) Exámenes finales y pruebas definitivas de aptitud: durante los días de celebración.
  • e) Exámenes prenatales, preparación al parto, adopción o acogimiento
    • Tiempo indispensable dentro de la jornada.
    • Incluye a personas trans gestantes.
  • f) Lactancia
    • 1 hora al día (divisible).
    • Opciones: reducción de 30 minutos al inicio/fin o 1 hora al inicio/fin.
    • No transferible al otro progenitor.
    • Posibilidad de solicitar acumulación en jornadas completas.
    • Aumenta en partos/guardas múltiples.
  • g) Nacimiento de hijos prematuros o con hospitalización tras el parto
    • Ausencia de hasta 2 horas diarias retribuidas.
    • Reducción de jornada hasta 2 horas (con reducción proporcional de retribuciones).
  • h) Guarda legal
    • Reducción de jornada por cuidado de menor de 12 años, persona mayor dependiente o persona con discapacidad sin actividad retribuida.
    • Incluye familiares de hasta 2.º grado dependientes.
  • i) Cuidado de familiar de primer grado por enfermedad muy grave
    • Reducción de hasta el 50% de jornada, retribuida, máximo 1 mes.
    • Prorrateable entre varios titulares.
  • j) Deber inexcusable público o personal: tiempo indispensable.
  • k) Asuntos particulares: 6 días al año.
  • l) Matrimonio o pareja de hecho: 15 días.
  • m) Donación de órganos o tejidos: tiempo indispensable dentro de la jornada.

Nuevos umbrales SARA aplicables desde el 1 de enero de 2026



Actualizado: 1 de enero de 2026 (umbrales vigentes para 2026-2027).

La Comisión Europea ha publicado los nuevos umbrales para los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA), que serán de aplicación en todos los Estados miembros desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027. Estos importes resultan de los Reglamentos Delegados adoptados en octubre de 2025 y publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea.

¿Qué cambia?

Con respecto al periodo 2024-2025, la revisión bianual ajusta ligeramente los importes en euros. A continuación se recogen los umbrales más relevantes (IVA excluido):

Tipo de contrato Umbral 2026-2027 (€) Observación
Obras (contratos públicos) 5.404.000 € Equiparable también a concesiones de obras
Suministros y servicios (AGE / Administración central) 140.000 € Contratos adjudicados por el Estado
Suministros y servicios (resto poderes adjudicadores) 216.000 € Poderes adjudicadores subcentrales y otros
Servicios del Anexo IV (sociales y específicos) 750.000 € Sin variación respecto al periodo anterior
Sectores especiales (suministros y servicios) 432.000 € Agua, energía, transportes y servicios postales

¿Desde cuándo se aplican?

Los nuevos valores entran en vigor el 1 de enero de 2026 y serán aplicables hasta el 31 de diciembre de 2027. Hasta el 31 de diciembre de 2025 siguen siendo de aplicación los umbrales anteriores (2024-2025).

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